Artículo 1
Actualizase la cuantía máxima por la comisión de la infracción de contravención prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 125/91, conforme a lo establecido en el Artículo 179 del mismo cuerpo legal, la cual queda establecida en la suma de un millón ciento setenta mil ochenta y seis guaraníes (G. 1.170.086.-).
