Artículo 1
Actualízase la cuantía máxima por la comisión de la infracción de contravención prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 125/91, conforme a lo establecido en el Artículo 179 del mismo cuerpo legal, la cual queda establecida en un millón doscientos veintiún mil guaranies (G. 1.221.000.-).
