Artículo 1
Actualízase la cuantía máxima por la comisión de la infracción de contravención prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 125/1991, conforme con lo establecido en el Artículo 179 del mismo cuerpo legal, la cual queda establecida en un millón quinientos mil guaraníes (G 1.500.000.-).
