De esa manera determinará el IVA débito, del cual se deducirá el IVA crédito correspondiente a las adquisiciones de bienes o servicios afectados a las actividades mencionadas.
Dispónese que cuando una empresa aseguradora residente en el país contrate un reaseguro cubierto por una entidad residente en el exterior, aquella actuará como agente de retención del IVA al momento del pago o puesta a disposición de los fondos, el que fuera primero.
En este caso, la base imponible constituirá el diez por ciento (10%) del precio de la operación.
El contribuyente deberá retener el ciento por ciento (100%) del IVA que corresponda, debiendo documentar dicha retención e ingresar el impuesto, conforme a lo establecido en las normas reglamentarias que regulan esta materia.