Artículo 1
Reglamentase la Ley N.º 6657/2020. «Pue promueve la implementación de estándares internacionales sobre transparencia fiscal». Intercambio de información. En los términos de la Ley N.º 6657/2020. es la información tributaria relevante que podrá ser intercambiada o requerida por la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda referirá exclusivamente a ejercicios fiscales que inicien en el año 2021, en adelante. En cuanto a la información tributaria relevante intercambiada o requerida, referida a ejercicios fiscales anteriores al mencionado en el párrafo anterior, se regirá por la legislación nacional vigente en esos ejercicios fiscales. Reglamenta: Segunda párrafo del artículo 14 de la Ley N.º 6657/2020.
