Artículo 1
Modificase parcialmente el Artículo 1º del Decreto N° 5067/2016, el cual queda redactado de la siguiente forma: «Art. 1º.- Reglaméntase el Impuesto al Valor Agregado (IVA) relacionado a toda enajenación de bienes y prestación de servicios, préstamos y financiaciones realizadas por las cooperativas con sus socios, por los socios con su cooperativa o por las cooperativas entre sí, que será aplicable a partir del 1 de julio de 2016».
