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  1. Leyes
  2. /Decreto 6145/2021

POR EL CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DEL DECRETO N.º 5585/2021, «POR EL CUAL SE MODIFICAN TEMPORALMENTE LAS TASAS DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC) PARA DETERMINADOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN LA LEY N.º 6380/2019, "DE MODERNIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL"».

Decreto 6145/2021 · Publicada el 21/10/2021

La presentación del Ministerio de Hacienda, individualizada como expediente M.H. SIME N.º 103.644/2021, en la cual se solicita la prorroga el plazo de vigencia del Decreto N.º 5585/2021, «Por el cual se modifican temporalmente las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para determinados productos comprendidos en la Ley N.º 6380/2019, "De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional"»; El Libro V de la Ley N.º 125/1991, «Que establece el Nuevo Régimen Tributario»; La Ley N. 6380/2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»; El Decreto N.° 3109/2019, «Por el cual se reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) establecido en la Ley N° 6380/2019, "De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional"»; y

Que el artículo 238, numeral 3), de la Constitución faculta a quien ejerce la presidencia de la República a reglamentar y controlar el cumplimiento de las normas jurídicas. Que el artículo 120 de la Ley N.º 6380/2019 faculta al Poder Ejecutivo a fijar tasas diferenciales del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para los distintos tipos de productos contemplados en la mencionada Ley. Que en atención a la coyuntura económica generada por la Pandemia del Covid-19, el Poder Ejecutivo, a través del Decreto N.º 5585/2021, dispuso la modificación temporal de las tasas del ISC para determinados bienes establecidos en el artículo 9° del Anexo al Decreto N.º 3109/2019. Que ante la persistencia de la coyuntura económica en todo el ámbito nacional, se recomienda mantener las medidas fiscales direccionadas a alivianar las cargas tributarias de los contribuyentes, a fin dinamizar el comercio y, de esta manera, coadyuvar a la recuperación económica del país. Que, para dicho cometido, resulta necesaria la prórroga del plazo de vigencia del Decreto N.º 5585/2021, el cual modificó temporalmente las tasas del ISC para determinados bienes establecidos en el Decreto N.º 3109/2019. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N.º 862/2021.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo de vigencia del Decreto N.º 5585/2021, «Por el cual se modifican temporalmente las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para determinados productos comprendidos en la Ley N.º 6380/2019, "De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional"».

Artículo 2

Dispónese que, a partir del 1 de enero de 2022, las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicadas a los productos comprendidos en la Ley N.º 6380/2019 serán las establecidas en el Anexo al Decreto Ν.° 3109/2019.

Artículo 3

El presente decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.

Artículo 4

Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

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