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  1. Leyes
  2. /Decreto 6897/2005

POR EL CUAL SE DISPONE LA VIGENCIA EN LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DE LA RESOLUCIÓN N° 17/2004 DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR, REFERENTE A LA "NORMA RELATIVA A LA INFORMATIZACIÓN DEL MANIFIESTO INTERNACIONAL DE CARGAS/DECLARACIÓN DE TRÁNSITO ADUANERO Y AL SEGUIMIENTO DE LA OPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR".

Decreto 6897/2005 · Publicada el 26/12/2005

VISTO: La Ley N° 9/91, que establece el Tratado para la constitución de un Mercado Común entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay; la Resolución N° 17/2004 del Grupo Mercado Común del Mercosur, "Norma Relativa a la Informatización del Manifiesto Internacional de Cargas/Declaración de Tránsito Aduanero y al Seguimiento de la Operación entre los Estados Partes del Mercosur" (Expediente M.H. N° 13.300/2005); y

Que se ha analizado la importancia de la tecnología de la informatización en el seguimiento de las operaciones aduaneras del tránsito internacional. Que en dicha consecución se ha llegado a establecer el proceso de intercambio electrónico de datos entre las aduanas de los Estados Partes del Mercosur, por lo que corresponde disponer la vigencia de la resolución adoptada en tal sentido. Que resulta necesario adecuar las normas nacionales a las modificaciones establecidas por el Grupo Mercado Común en la resolución precedentemente invocada. Que de acuerdo con lo que surge del Artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto sobre la Estructura Institucional del Mercosur, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del Mercosur, efectuando su comunicación a la Secretaría Administrativa en el marco del procedimiento de entrada en vigencia simultánea de las normas. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen N° 844 del 25 de julio de 2005.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:

Artículo 1

Dispónese la vigencia en la República del Paraguay de la Resolución N° 17/2004, del Grupo Mercado Común del Mercosur, "Norma Relativa a la Informatización del Manifiesto Internacional de Cargas/Declaración de Tránsito Aduanero y al Seguimiento de la Operación entre los Estados Partes del Mercosur", conforme al Anexo que forma parte de este Decreto.

Artículo 2

El Ministro de Hacienda, a través de los organismos competentes, se encargará del cumplimiento del presente Decreto.

Artículo 3

El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Industria y Comercio, y de Agricultura y Ganadería.

Artículo 4

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Artículo 5

Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.

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