AbitappLegal
IngresarCrear cuenta
Navegación
ABITAPP LEGALBase jurídica
BuscarChats
SERVICIOS PARA EMPRESASABITAPPSERVICIOS CONTABLESContabilidad para empresasGestión contable inteligente con acompañamiento local.→Zoho Authorized PartnerGESTIÓN EN LA NUBEZoho BooksImplementación, configuración e integraciones.→SIFENFactura electrónicaEmisión y seguimiento conectados con tu gestión.→
PracticeOneBankDE
  1. Leyes
  2. /Decreto 6950/2005

POR EL CUAL SE MODIFICA TRANSITORIAMENTE EL DECRETO 18.260 DEL 12 DE AGOSTO DE 2002, "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA VIGENCIA DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 65/01 DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR Y SE DEROGA EL DECRETO N° 12.056 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 1995 Y SUS DECRETOS MODIFICATORIOS" Y SUS DECRETOS MODIFICATORIOS.

Decreto 6950/2005 · Publicada el 30/12/2005

La Ley N° 9/91, "Que aprueba y ratifica el Tratado de Asunción, para la constitución de un Mercado Común, firmado el 26 de marzo de 1991 entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay". La Ley N° 596/95, "Que aprueba el Protocolo adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del Mercosur, Protocolo de Ouro Preto". La Ley N° 1095, del 14 de diciembre de 1984, "Que establece el Arancel de Aduanas". El Decreto N° 18.260, del 12 de agosto de 2002, "Por el cual se establece la vigencia del Arancel Externo Común aprobado por Resolución N° 65/2001 del Grupo Mercado Común del Mercosur y se deroga el Decreto N° 12.056, del 29 de diciembre de 1995 y sus Decretos modificatorios". El Decreto N° 2205, del 21 de abril de 2004, "Por el cual se establecen los aranceles a la importación de los items de la Nomenclatura Común del Mercosur que serán excepcionados transitoriamente al Arancel Externo Común (AEC)". El Decreto N° 4565, del 30 de diciembre de 2004, "Por el cual se sustituye el anexo al Decreto N° 2205, del 21 de abril de 2004". El Decreto N° 5167, del 29 de abril de 2005, "Por el cual se modifican parcialmente los Decretos Nºs. 18.260, del 12 de agosto de 2002, "Por El cual se establece la vigencia del Arancel Externo Común aprobado por Resolución N° 65/2001 del Grupo Mercado Común del Mercosur y se deroga el Decreto N° 12.056, del 29 de diciembre de 1995 y sus Decretos modificatorios", N° 19.899, del 27 de diciembre de 2002, N° 19.943, del 27 de diciembre de 2002, 2626 del 31 de mayo de 2004 y 4565, del 30 de diciembre de 2004". El Decreto N° 6902, del 29 de diciembre de 2005, "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto N° 18.260, del 12 de agosto de 2002, "Por el cual se establece la vigencia del Arancel Externo Común aprobado por Resolución N° 65/2001 del Grupo Mercado Común del Mercosur y se deroga el Decreto N° 12.056, del 29 de diciembre de 1995 y sus Decretos modificatorics" y el Decreto Nº 4564, del 30 de diciembre de 2004". Las Decisiones Nos 68/2000, 21/2002, 31/2003 y 38/2005 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR y la Resolución N° 65/2001 del Grupo Mercado Común (Expedientes MAI. Nos. 26.939 y 26.943/2005); y

Que el Paraguay es Estado Parte del Mercado Común del Sur. Que el Inciso a) del Artículo 10 de la Ley N° 1095/84 faculta al Poder Ejecutivo a establecer y modificar los niveles de gravámenes aduaneros de las mercaderías de importación. Que el Artículo 1 de la Decisión CMC N° 38/2005, autoriza a la República del Paraguay á establecer y mantener, hasta el 31 de diciembre de 2008, una lista de cien (100) ítem de la Nomenclatura Común del Mercosur como excepción al Arancel Externo Común. Que resulta necesario adecuar las normas nacionales a las modificaciones establecidas por el Consejo del Mercado Común del Mercosur en la Decisión N° 38/2005. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen N° 1403, del 28 de diciembre de 2005

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales

Artículo 1

Modifícase transitoriamente el Decreto N° 18.260, del 12 de agosto de 2002, en los ítem de la Nomenclatura Común del Mercosur contenidos en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de este Decreto, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1 de la Decisión N° 38/2005 del Consejo del Mercado Común del Mercosur.

Artículo 2

Este precepto Ejecutivo tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación hasta el 31 de diciembre de 2008.

Artículo 3

El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Industria y Comercio, y de Agricultura y Ganadería.

ABITAPPABITAPP

Contabilidad inteligente, tecnología conectada y acompañamiento local para empresas en Paraguay.

BooksDEBankOnePracticeLegalTech
© 2026 ABITAPP E.A.S. Todos los derechos reservados.Asunción, Paraguay
PrivacidadTérminos