Artículo 1
Actualizase la cuantia máxima por la comisión de la infracción de contravención prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 125/91, conforme a lo establecido en el Artículo 179 del citado cuerpo legal, la cual queda establecida en un millón ciento diecisiete mil ciento ocho guaranies (G. 1.117.108.-).
