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  1. Leyes
  2. /Decreto 8695/2006

POR EL CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DEL DECRETO N° 6285 DEL 23 DE AGOSTO DEL 2005, "POR EL CUAL SE SUSPENDE LA EMISION DE CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO Y DE CONSTANCIAS DE NO SER CONTRIBUYENTE, DETERMINANDOSE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ALTERNATIVO SEÑALADO EN EL ARTICULO 194 DE LA LEY N° 125/91, TEXTO MODIFICADO POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY 2421/04".

Decreto 8695/2006 · Publicada el 21/12/2006

Lo dispuesto en el Decreto N° 6285 del 23 de agosto del 2005 y la solicitud de Prórroga elevada en el Expediente M.H. N° 26.324/06; y

Que la Administración Tributaria, se encuentra abocada a las tareas de implementación del Nuevo Sistema Informático, en cumplimiento al cronograma pre establecido el cual actualmente se encuentra en etapa de desarrollo de conceptos de pruebas.Que como consecuencia de los referidos procesos de actualización, y teniendo en cuenta que es obligación de la Administración Tributaria brindar información veraz e inmediata, resulta conveniente dar continuidad a un procedimiento alternativo que facilite a los contribuyentes el normal cumplimiento de sus obligaciones tributarias.Que resulta necesario adoptar medidas administrativas de carácter general, a fin de precautelar el correcto procesamiento de las informaciones con relación al comportamiento tributario de los administrados.Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen N° 1050 del 6 de diciembre de 2006.

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales

Artículo 1

Prorrogase hasta el 30 de abril de 2008, el plazo de vigencia del Decreto N° 6285/2005, "POR EL CUAL SE SUSPENDE LA EMISION DE CERTIFICADOS DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO Y DE CONSTANCIAS DE NO SER CONTRIBUYENTE, DETERMINANDOSE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ALTERNATIVO SEÑALADO EN EL ARTICULO 194 DE LA LEY N° 125/91, TEXTO MODIFICADO POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY N° 2421/2004".

Artículo 2

El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.

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