Artículo 1
Definiciones. A los efectos de la presente Resolución se emplearán las definiciones que se indican a continuación: Administración Tributaria: Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Ley Tributaria: Ley Nº 125/1991 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario” y sus modificaciones. IVA: Impuesto al Valor Agregado. RUC: Registro Único del Contribuyente. Buzón “Marandu”: Buzón Electrónico Tributario “Marandu”. Sistema “Marangatu”: Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu”. Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN): Es el sistema a través del cual se emiten, reciben, validan y aprueban los Documentos Electrónicos, igualmente almacena y dispone los servicios de consulta de los Documentos Tributarios Electrónicos. Facturador Electrónico: Contribuyente habilitado por la SET para emitir y recibir Documentos Electrónicos. Documento Electrónico (DE): Es el documento emitido y firmado digitalmente por el facturador electrónico que aún no ha sido validado por parte de la SET. En consecuencia, no puede ser utilizado para respaldar el crédito fiscal en el IVA, así como costos y gastos en los Impuestos a la Renta. Kuatia DE (KuDE): Es la representación gráfica del DE en formato físico o digital visible. E-Kuatia: Nombre en Guaraní que identifica la Facturación Electrónica para fines de difusión y que se utiliza en el portal de Internet. Documento Tributario Electrónico (DTE): Es el DE transmitido a la SET, validado y aprobado por el SIFEN, que puede ser utilizado para respaldar el crédito fiscal en el IVA, así como costos y gastos en los Impuestos a la Renta. El citado documento estará disponible para su consulta en el portal e-Kuatia. Factura Electrónica: Es un tipo de DE que respalda la venta de bienes y/o la prestación de servicios, el cual debe ser generado de forma electrónica, llevando en él la firma digital del facturador electrónico, conforme a lo establecido por la SET. Nota de Crédito Electrónica: Es un tipo de DE emitido por el enajenante del bien o servicio con posterioridad a la emisión de la factura electrónica como comprobante de la realización de devolución de bienes, descuento o ajustes en el precio, o bonificación otorgada, así como para documentar aquellos créditos considerados incobrables. Nota de Débito Electrónica: Es un tipo de DE emitido por el enajenante del bien o servicio como comprobante del costo o gasto, o ajuste en el precio, en que ha incurrido con posterioridad a la emisión de la factura electrónica a la que está asociada. Prestador de Servicios de Certificación: Entidad prestadora de servicios de certificación de firmas digitales acreditado por la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico del Ministerio de Industria y Comercio. Certificado Digital: Es todo mensaje de datos u otro registro emitido por una entidad legalmente habilitada para el efecto, y que confirma la vinculación entre el titular de una firma digital y los datos de creación de la misma. A los efectos tributarios es necesario que indefectiblemente se consigne en el mismo el Registro Único del Contribuyente. Firma Digital: Es una firma electrónica certificada por un prestador acreditado, que ha sido creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control, de manera que se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, permitiendo la detección posterior de cualquier modificación y la comprobación de la identidad del titular, impidiendo que este pueda desconocer la integridad del documento, su autoría y su no repudio. Ambiente de Pruebas: Conjunto de servicios web, dispuesto por la SET, a los efectos de recrear todos los escenarios posibles existentes de operación que se darán en el ambiente de producción. El mismo permitirá al contribuyente realizar pruebas de manera efectiva en su sistema informático de facturación a fin de determinar el correcto funcionamiento de este. Los documentos emitidos en este ambiente no tendrán valor jurídico para ningún fin. Ambiente de Producción: Es el ambiente de operación real de facturación electrónica en el SIFEN que se pone a disposición del contribuyente facturador electrónico y que ya dispone del timbrado para cada tipo de DE. Los DE que obtengan la aprobación de uso por parte de la SET en este ambiente tienen valor jurídico a los efectos tributarios, convirtiéndose en un DTE. Timbrado: Es el código de autorización que la SET otorga al contribuyente facturador electrónico a través del Sistema Marangatú, con respecto a la numeración para la emisión de los DE dentro de un plazo determinado, a fin de sustentar los hechos económicos con efectos fiscales. Formato Extensible Markup Language (XML): Es un meta-lenguaje que permite definir lenguajes de marcas desarrollado por el World Wide Web Consortium (W3C) utilizado para transmitir y almacenar datos en forma legible. Código de Control (CDC): Conjunto de informaciones numéricas asociadas a un DE según lo establecido en el Manual Técnico, conformado por 44 dígitos numéricos que permiten identificar, de manera única, un Documento Electrónico (DE); aprobado o no, por el SIFEN. Código QR (QR): Código bidimensional generado por el sistema informático de los facturadores electrónicos, el cual deberá estar impreso en el KuDE, a los efectos de realizar, a través de un programa o aplicación móvil de escaneo de QR, la consulta automática de los datos del DE o DTE en el SIFEN, conforme a las definiciones establecidas en el Manual Técnico. B2B (business to business): Operaciones comerciales entre empresas. Tanto el emisor y el receptor del DE deben estar inscriptos en el RUC. B2C (business to consumer): Operaciones comerciales directas entre una empresa contribuyente (emisor) y el consumidor final, sea este contribuyente o no. Consumidor final: Es quien soporta el gravamen del Impuesto al Valor Agregado, debido a que este es un impuesto de traslación, cuyo hecho imponible es el consumo. B2G (business to government): Operaciones comerciales entre una empresa o persona física, en carácter de emisor y una entidad del Estado como receptor (empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y/o sociedades de economía mixta). Tanto el emisor y el receptor del DE deben estar inscriptos en el RUC. Web Service: Es una solución informática utilizada en la integración de sistemas y en la comunicación entre aplicaciones diferentes que utiliza un conjunto de protocolos y estándares abiertos, diseñado para permitir interoperabilidad entre sistemas informáticos. Transmisión Extemporánea: Transmisión de los DE o de sus eventos asociados fuera del plazo establecido para su validación y aprobación en el SIFEN. Validación: Conjunto de reglas técnicas y de confiabilidad establecidas en el Manual Técnico, aplicadas por el SIFEN, al archivo electrónico de los DE y eventos, que tiene por objetivo verificar si el archivo cumple con todos sus requisitos y condiciones establecidas. Rechazo de DE o de Evento: Proceso por el cual se rechaza un DE o Evento por el incumplimiento de algún requisito establecido en la presente Resolución o de las condiciones establecidas en el Manual Técnico del SIFEN para ser considerado DTE o para la aprobación del Evento. Evento: Entiéndase por evento a toda ocurrencia o suceso registrado en el SIFEN por parte del Emisor, Receptor o la SET y a todo registro automático que se encuentre en él, que modifique o afecte el estado de un DE o DTE. Un evento puede darse durante el período de prescripción del tributo, de manera previa o posterior a la aprobación de uso del DTE, dependiendo de su naturaleza. Manual Técnico del SIFEN: Documento técnico disponible en el portal web de e-Kuatia, que dispone de un control de versión y código de autenticación con los requisitos procedimentales y tecnológicos que debe cumplir el contribuyente como Facturador Electrónico. Código de Autenticación del Manual Técnico: Es un código generado, según el algoritmo público MD5, que garantiza su integridad sobre el archivo electrónico en formato PDF de una versión del Manual Técnico. Código de Seguridad (CsC): Es un código secreto brindado a los Facturadores Electrónicos por la SET, teniendo ésta y el contribuyente el conocimiento exclusivo del CsC, el cual es utilizado por el emisor del DE para la generación del QR a fin de garantizar la autoría del KuDE. DNCP: Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
