Artículo 1
Fíjase en Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) el monto establecido por el inc. d) del Art. 1º de la Resolución N° 84/92.
Resolucion general 114/1993 · Publicada el 04/06/1993
El inc. d) del Art. 1º de la Resolución N° 84 del 29 de Julio de 1992.
Que debe darse cumplimiento a lo dispuesto por la disposición de referencia en base a lo informado por el Banco Central del Paraguay.
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Fíjase en Gs. 7.000.000 (guaraníes siete millones) el monto establecido por el inc. d) del Art. 1º de la Resolución N° 84/92.
Comuníquese, publíquese a quienes corresponda y cumplido archívese.