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POR LA CUAL SE DESIGNAN NUEVOS AGENTES DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN "HECHAUKA"

Resolucion general 117/2017 · Publicada el 05/07/2017

La Ley N° 125/1991 «Que establece el Nuevo Régimen Tributario» y sus modificaciones; La Resolución General N° 48/2014 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL SISTEMA INTEGRADO DE RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN "HECHAUKA"; y.

Que a efectos de lograr una mayor eficiencia en el combate a la evasión fiscal, resulta necesario que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) amplíe la nómina de Agentes de Información, incluyendo a aquellos contribuyentes que por su nivel de ventas o de compras resulten de mayor relevancia fiscal. Que conforme a lo establecido en el Art. 207 de la Ley N° 125/91, los contribuyentes tienen el deber legal de proveer a la Administración Tributaria, con carácter de declaración jurada, todos los elementos y datos que esta requiera, para administrar y controlar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Que la SET cuenta con las más amplias facultades de administración y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los sujetos pasivos de la relación jurídica tributaria y de terceros. Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 17 del 19/06/2017.

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

Designar como Agentes de Información a los contribuyentes mencionados en el Anexo de la presente Resolución, quienes tendrán la obligación de proporcionar mensualmente a la SET, el detalle de todas las operaciones que realicen a partir del 1 de agosto de 2017. Para tal efecto, deberán presentar sus Declaraciones Juradas Informativas (libros de Compras - Formulario 211 y de Ventas - Formulario 221) al mes siguiente del periodo que informan, a través del Sistema Integrado de Recopilación de Información “Hechauka” que se encuentra disponible en la página WEB de la SET (www.set.gov.py), y haciendo uso de su clave de acceso confidencial de usuario del Sistema “Marangatu“ en los plazos establecidos en el Calendario de Declaraciones Juradas Informativas de la Resolución General N° 48/2014. El Anexo de la presente Resolución estará disponible en la página web de la SET.

Artículo 2

Publicar, comunicar y cumplido archivar.

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