Artículo 1
Disponer que las solicitudes para la obtención de los certificados de cumplimiento tributario y el de no ser contribuyente puedan también ser suscriptas por los escribanos públicos en representación de sus clientes.
Resolucion general 12/1995 · Publicada el 25/01/1995
Los Arts. 186° y 194° de la Ley N° 125/91; y
Que es conveniente la simplificación y agilización de los trámites administrativos para la obtención de los certificados de cumplimiento tributario como así también el de no ser contribuyente : Que, además para las actuaciones notariales se precisa de los documentos mencionados y que dichos actos deben suscribirse dentro de un determinado plazo legal;
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION
Disponer que las solicitudes para la obtención de los certificados de cumplimiento tributario y el de no ser contribuyente puedan también ser suscriptas por los escribanos públicos en representación de sus clientes.
A los efectos del artículo anterior se utilizarán los formularios habilitados por la Administración Tributaria Nos. 417 y 418; los cuales deberán estar firmados por el Escribano Público con el sello de uso notarial respectivamente.
Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.