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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 127/2004

POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 9° DE LA RESOLUCION N° 17/03 "QUE UNIFICA, MODIFICA Y AMPLIA LAS RESOLUCIONES REFERENTES A PRORROGAS Y FACILIDADES DE PAGO DE LOS IMPUESTOS FISCALES INTERNOS".

Resolucion general 127/2004 · Publicada el 13/05/2004

El Art. 161º de la Ley N° 125/91 "Que establece el Nuevo Régimen Tributario", el Decreto N° 16.984/02, la Resolución N° 17/03, y;

Que la Administración Tributaria se encuentra facultada a dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos, así como también establecer las normas y condiciones a las que se ajustaran los administrados. Que dentro del proceso operativo administrativo existe el Impuesto al Valor Agregado abonado en la Dirección General de Aduanas en el momento de la Importación. Que la experiencia recogida hasta el presente ha demostrado la necesidad de adoptar nuevos criterios en el otorgamiento de facilidades de pago para los importadores. Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad conferida por la Ley N° 125/91.

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:

Artículo 1

MODIFICACIÓN: Modificase el Artículo 9º de la Resolución N° 17/03, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 90.- AUTORIZACIÓN POR OBLIGACION TRIBUTARIA - Las prórrogas y facilidades de pago se deberán solicitar y autorizar en forma separada por obligación tributaria, no pudiéndose conceder en cada caso más de dos por año a un mismo contribuyente. En el caso de la obligación tributaria IVA abonado en la Dirección General de Aduanas por Importación, se podrá conceder en las ocasiones que los Importadores lo soliciten."

Artículo 2

Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

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