Artículo 1
Modificar el artículo 12 de la Resolución General N° 86/2021, el cual queda redactado de la siguiente manera: «Artículo 12.- Forma y Plazo para la presentación de la DJI-Num 7 El contribuyente afectado por el numeral 7) del artículo 38 de la Ley deberá presentar la DJI-Num 7 dentro del segundo mes de realizadas las exportaciones que se informan, de acuerdo con el plazo previsto en el Calendario de Vencimiento DJI, a través del Sistema de Gestión Tributaria «Marangatu», utilizando la Clave de Acceso Confidencial de Usuario. Reglamenta: artículo 189 del Libro V de la Ley N° 125/1991 (texto modificado)»
