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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 14/2007

POR LA CUAL SE CONFORMA EL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y LOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA LA PREMIACIÓN DE LOS GANADORES DE LA CAMPAÑA DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA 2007 "EXIGI, JUNTÁ y GANÁ" Y SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN.

Resolucion general 14/2007 · Publicada el 26/10/2007

El acuerdo firmado entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Hacienda; y el reglamento aprobado en el mismo acto; La Ley N° 109/91 "Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N°15 de fecha 8 de marzo de 1990 "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda" y la Ley N° 125/91 (texto actualizado) "QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO"; y

Que, resulta necesario conformar Equipos de Trabajo que llevarán adelante la planificación, supervisión y verificación del proceso de selección de los Colegios, Directores, Profesores Orientadores y Alumnos ganadores de la campaña de Educación Tributaria año 2007 "Exigí, Junta y Gana", llevada a cabo con los colegios oficiales de educación media del país. Que, asimismo, se deben designar funcionarios responsables de suscribir el Acta de Verificación en el cual conste la conclusión de los trabajos realizados por los miembros del Equipo de Trabajo. Que, se requieren pautas claras que permitan entendimiento y objetividad durante el proceso de verificación y determinación de los ganadores del referido concurso a ser llevado a cabo por la comisión educativa creada al efecto. Que, el Acto Administrativo se dicta en virtud a las facultades que otorga la disposición legal enunciada en el visto precedente, asegurando su regularidad, transparencia, publicidad y participación de todos los involucrados en la presente Campaña de Educación Tributaria.

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

Conformar los Equipos de Trabajo con funcionarios de la Subsecretaría de Estado de Tributación que serán responsables de llevar adelante el proceso de recepción de Actas, planillas de detalle de comprobantes recolectados y urnas de la campaña; su posterior convalidación con la documentación presentada por los Colegios participantes conforme a lo establecido en el Reglamento de la CAMPAÑA DE EDUCACION TRIBUTARIA 2007 "Exigí, Juntá y Ganá", cuyas identidades se transcriben a continuación: EQUIPO RESPONSABLE 1. LIZ VARELA 2. JOSE LUIS URBIETA MARTINEZ 3. PEDRO JAVIER RAMIREZ ALONSO EQUIPO VERIFICADOR 1. GABRIEL SANCHEZ 2. NICOLAS VIELMAN 3. ROSARIO BENITEZ VILLALBA 4. MARIO RUBEN NUÑEZ 5. CESAR ALFREDO BENITEZ DAVALOS 6. EDILIO JARA PAVON 7. BASILIO AQUINO OLIVELLA 8. MARÍA CABALLERO QUIÑONEZ 9. OMAR TORRES GONZALEZ 10. GLADYS MIRTHA AMARILLA 11. LUIS ROMERO 12. JUAN MANUEL CASCO SOSA 13. SUSANA NUÑEZ DE VILLAMAYOR 14. DANILO JAVIER RODRIGUEZ 15. RUBEN ISACC ETTIENE 16. TERESA RUIZ DE PORTILLO 17. NIDIA SILVIA NAVARRO IBARROLA 18. GRACIELA GIMENEZ SOSA 19. FABIO JOSÉ GILL GONZÁLEZ 20. HORACIO CAMIHORT 21. RUBÉN DARIO MALDONADO 22. NELSON CABRERA SANTANDER 23. JORGE GAUNA DA COSTA 24. JORGE DANIEL CANTERO 25. HUMBERTO DOMINGUEZ 26. NERY FERNANDO PASMOR INSFRAN 27. NICANOR OTAZO MARTINEZ 28. MARIA VIRGINIA ORTIZ 29. MARIA INOCENCIA BALBUENA 30. CIPRIANO SANTACRUZ 31. FERNANDO DIAZ DE VIVAR 32. LUIS DELGADILLO 33. DIEGO ROJAS 34. LOURDES OVIEDO 35. ROSA VILLAMAYOR 36. CARLOS SANCHEZ SANABRIA 37. CESAR MERELES 38. JOSÉ SALCEDO 39. OSCAR HANNICH 40. CARLOS ARZAMENDIA EQUIPO DE PLANIFICACIÓN Y SUPERVISIÓN 41. HECTOR GUILLEN 42. JORGE SILVERO 43. RUBEN BRITEZ 44. LUCIO RAFAEL MARTINEZ 45. FANY RUIZ 46. ETELVINA SAUCEDO 47. GUSTAVO BENITEZ 48. MANUEL AMARILLA 49. JUAN BAEZ 50. JUAN CARLOS RUIZ 51. OLGA ORTIZ 52. MARIA JOSE VAZQUEZ 53. YASMIN REGUERA 54. PEDRO RAMIREZ 55. KAROLL RODRIGUEZ 56. EMILIA DUARTE 57. ANDRES BRITOS

Artículo 2

Constituir el Comité de Evaluación, que tendrá a su cargo la suscripción del ACTA DE VERIFICACIÓN para la premiación de la CAMPAÑA DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA 2007, que estará conformado por el Equipo Responsable mencionado en el artículo precedente y los siguientes funcionarios: 1. José María Rojas Cardozo - Directora de Apoyo. 2. Sofía Agüero - Coord. Administrativo y Financiero 3. Walter Villalba Zaldívar - Jefe de Cooperación Externa de la D.P.T.T. y Coordinador del Proyecto PNUD. 4. Liz Varela - Jefa de Orientación y Asistencia al Contribuyente

Artículo 3

Establecer el procedimiento de recepción y envío de Actas para la oficina central y para las oficinas regionales de la SET. La recepción de Actas deberá realizarse según lo establecen los siguientes incisos: 1. Del 1 al 8 de noviembre hasta las 16:00 hs. las oficinas estarán recepcionando las Actas de Conteo. Estarán habilitadas todas las Oficinas regionales y el Departamento de Orientación y Asistencia al Contribuyente. 2. Asimismo lo harán las Coordinaciones del MEC por lo que las regionales de la SET deben estar en comunicación con estas. 3. Todas las Actas (las recibidas en la SET y en el MEC) serán remitidas al Departamento Oficinas Regionales de Asunción. 4. El Departamento Oficinas Regionales remitirá inmediatamente las Actas recibidas al Departamento de Orientación y Asistencia al Contribuyente. determinación de los 114 colegios preclasificados. El Departamento de Orientación y Asistencia al Contribuyente será el encargado de la carga de los datos contenidos en las Actas. Establecerá la proporción alumnos/comprobante y determinará la lista de 114 colegios preclasificados. La validación de los datos registrados en las Actas sobre la cantidad de alumnos matriculados se realizará de acuerdo a la planilla oficial de alumnos matriculados en la media proporcionado por el Departamento de Estadísticas de la Dirección de Educación Media del Ministerio de Educación y Cultura. La lista será publicada el martes 13 de noviembre en los principales medios de prensa nacionales indicando además: a) La fecha tope de entrega de las urnas, planilla de detalle de comprobantes recolectados y Formularios N° 3 es el viernes 16 de noviembre hasta las 16:00 hs. b) El lugar de recepción de estos materiales: las oficinas regionales de la SET y el edificio ubicado en Mcal. López c/ Yegros, a lado del estacionamiento de SET, en Asunción.

Artículo 4

Establecer el procedimiento de recepción y procesamiento de Actas y determinación de los 114 colegios preclasificados.

Artículo 5

Establecer el procedimiento de recepción de urnas, cuadernos de detalle de comprobantes recolectados y Formularios N° 3. Las oficinas de la SET recibirán las urnas, las planillas de registro y el formulario N° 3, el martes 13, miércoles 14, jueves 15 y viernes 16 de noviembre hasta las 16:00 hs. Los receptores deberán controlar: 1. Que las urnas estén identificadas con los siguientes datos: nombre del colegio, número de orden, el curso, el turno, sección y cantidad de comprobantes que contiene. 2. Si no tuvieren estos datos, deberán pedir a los representantes del colegio que los completen en ese momento. 3. Que los cuadernos o planillas de registro de comprobantes estén firmados por el profesor/a orientador/a del curso al que corresponda y por dos representantes de los alumnos. 4. Que se anexen los Formularios N° 3 (formulario del MEC en el que figuran la lista de alumnos matriculados) de todos los cursos participantes. En caso que el colegio haya entregado el Formulario, se reciben sólo las urnas y planillas. 5. El viernes 16 de noviembre, funcionarios de la SET retirarán los materiales y los trasladarán a la sede central. Las oficinas regionales prepararán una nota de remisión, cuyo original quedará en la regional y la copia será enviada con los materiales. Ej.: | Colegio | Curso | Urnas | Planillas | Comprobantes | |---|---|---|---|---| | F. Solano López | 1 TM | 2 | 5 | 456.769 | | F. Solano López | 2 TT | 3 | 7 | 567.984 | | Ntra. Sra. del Carmen | 1 TT | 1 | 3 | 347.998 | | Total | | 6 | 15 | | Entregó _______________ Recibió _______________ Firma _______________ Firma _______________

Artículo 6

Establecer el procedimiento de verificación y comprobación de boletas de la CAMPAÑA DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA 2007, de acuerdo a los siguientes pasos: 1- Proceso de selección de muestras: a. Determinación de la muestra de verificación en base a la fórmula de muestreo "Aleatorio simple". b. Designación del seleccionador de la muestra. c. Extracción, caratulación y ensobrado de las muestras. d. Registro del proceso. 2- Proceso de validación de comprobantes de venta: a. Designación del verificador. b. Análisis de validez de la muestra. c. Registro del proceso. d. Designación del supervisor revisor del proceso. e. Análisis y evaluación del proceso anterior y ajustes de incongruencias. f. Registro del proceso. 3- Proceso de reverificación: 1. Designación del reverificador para analizar las incongruencias entre verificación y supervisión. 2. Análisis, control y validación de las muestras verificadas. 3. Registro del proceso. 4. Designación del supervisor reverificador. 5. Análisis y evaluación del proceso anterior. 6. Cuando subsistieran los problemas de incongruencia se solicitará dictamen del comité de evaluación, resuelta la incongruencia pasa al proceso de determinación de resultados. 4- Proceso de determinación: a. Estimación de porcentaje de invalidez de la población evaluada. b. Ordenamiento y clasificación por departamento y porcentaje de invalidez c. Remisión de los resultados del proceso al comité de evaluación, este reporte contendrá: colegio, cantidad de urnas, cantidad de comprobantes de venta por colegio y por urnas, porcentaje de invalidez.

Artículo 7

Establecer los parámetros de control según los siguientes indicadores: a. El examinador verificará si cada documento cumple con los requisitos establecidos en el artículo 11 del Reglamento de la Campaña: b. Determinación del tamaño muestral para estimar la proporción poblacional mediante muestreo aleatorio simple: donde para estimar la proporción p de individuos de una población de tamaño N que posee cierto atributo, especificando la varianza deseada, Ópx², para la proporción muestral, el tamaño muestral requerido se determina aplicando la fórmula: n= Np (1-p) / (N-1)px² + p(1-p) Donde: n: número de muestra N: Tamaño de la Población p: probabilidad de boletas no válidas ( debe ser probabilidad de comprobantes válidos) (1-p): probabilidad de boletas válidas (probabilidad de comprobantes inválidos) px²: error estándar (error crítico)

Artículo 8

En caso de existir un porcentaje de desviación que implique la modificación de resultados obtenidos que fueran calculados en base a informaciones contenidas en las Actas proveídas por los colegios participantes, se procederá la revisión y conteo de las boletas depositadas en las urnas respectivas, ampliando la muestra significativamente, pudiendo examinarse la totalidad del universo cuando se requiera.

Artículo 9

Todo lo actuado, consistente en resultados parciales, planillas, listado definitivo de Colegios ganadores serán debidamente suscritos por el Comité de Evaluación, y los miembros de los Equipos de Trabajo conformados según la presente Resolución.

Artículo 10

Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

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