AbitappLegal
IngresarCrear cuenta
Navegación
ABITAPP LEGALBase jurídica
BuscarChats
SERVICIOS PARA EMPRESASABITAPPSERVICIOS CONTABLESContabilidad para empresasGestión contable inteligente con acompañamiento local.→Zoho Authorized PartnerGESTIÓN EN LA NUBEZoho BooksImplementación, configuración e integraciones.→SIFENFactura electrónicaEmisión y seguimiento conectados con tu gestión.→
PracticeOneBankDE
  1. Leyes
  2. /Resolucion general 158/1992

POR LA QUE SE DISPONE LA VIGENCIA DE LOS NUEVOS FORMULARIOS DEL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES Y SE DEJAN SIN EFECTO LOS FORMULARIOS QUE SE INDICAN.

Resolucion general 158/1992 · Publicada el 05/11/1992

La Ley N° 1352, de fecha 6 de Octubre de 1.988, "Que establece el Registro Único de Contribuyentes", la Ley N° 109 de fecha 6 de Enero de 1992 que aprueba con modificaciones el Decreto Ley N° 15 de fecha 8 de Mayo de 1990 "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda"; y la Ley N° 125 de fecha 9 de Enero de 1992 "Que establece el nuevo régimen tributario";

Que con la vigencia de la Reforma Tributaria se han creado nuevas obligaciones fiscales y se hace necesario facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las mismas; Que con el objetivo de simplificar procedimientos y métodos en el proceso de Identificación de los Contribuyentes a fin de mejorar el control de la Administración Tributaria; Que al efecto, resulta necesario el trabajo de actualización de los formularios que se mencionan en esta Resolución.

EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:

Artículo 1

Disponer la vigencia y uso de los formularios siguientes: - R.U.C. 400 Solicitud de Inscripción Personas Físicas; - R.U.C. 401 Solicitud de Inscripción Personas Jurídicas; - R.U.C. 402 Cambio de Información Personas Físicas; y - R.U.C. 403 Cambio de Información Personas Jurídicas.

Artículo 2

Retirar de circulación y uso de los siguientes formularios: - F.O.R.M. B-12/13 Solicitud y Certificado de Control Fiscal; - R.U.C. 1 Solicitud de Inscripción de Personas Físicas; - R.U.C. 2 Solicitud de Inscripción de Personas Jurídicas; - R.U.C. 10 Cambio de Información Personas Físicas. - R.U.C. 11 Cambio de Información Personas Jurídicas; y - R.U.C. 14 Anexo Información Registro Único de Contribuyentes. Las oficinas regionales deberán remitir los formularios mencionados en éste artículo con un memorándum y un inventario de los mismos al Departamento Administrativo de la Dirección General de Recaudación.

Artículo 3

Disponer el retiro de los formularios determinados en el Art. 2º para su incineración.

Artículo 4

El Departamento Administrativo de la Dirección General de Recaudación conjuntamente con el Departamento de Organización y Métodos de la Dirección de Apoyo, estarán a cargo del control de la devolución y provisión de los formularios mencionados.

Artículo 5

Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.

ABITAPPABITAPP

Contabilidad inteligente, tecnología conectada y acompañamiento local para empresas en Paraguay.

BooksDEBankOnePracticeLegalTech
© 2026 ABITAPP E.A.S. Todos los derechos reservados.Asunción, Paraguay
PrivacidadTérminos