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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 171/1992

POR LA CUAL SE DEDUCE EN EL 80% (OCHENTA POR CIENTO) LA ESCALA DE SANCION POR CONTRAVENCION PREVISTA EN EL ART. 2º DE LA RESOLUCION N° 43 DE FECHA 23 DE JUNIO DE 1992.

Resolucion general 171/1992 · Publicada el 30/11/1992

El Art. 168° de la Ley N° 125/91, que faculta a la Administración a reducir o condonar las sanciones Tributarias; y

Que es necesario facilitar el pago de las obligaciones tributarias establecidas en las Leyes de carácter fiscal existentes en el momento de la vigencia de los Impuestos previstos en la nueva Ley N° 125/91; Que la afluencia de contribuyentes ante la Administración para cumplir con sus obligaciones atrasadas, impone la necesidad de viabilizar el pago de los tributos existentes antes de la vigencia de la citada Ley Tributaria, en el sentido de reducir la sanción por contravención regulada en la referida Resolución N° 43/92.

EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION

Artículo 1

Reducir en el 80% (ochenta por ciento) la sanción por contravención establecida en la Resolución N° 43/92 por presentación tardía de Declaraciones Juradas relativas al cumplimiento de obligaciones tributarias correspondientes a impuestos no comprendidos en la Ley N° 125/91.

Artículo 2

Comuníquese a quienes corresponda y cumplido, archívese.

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