El canon informático será percibido en todas las Aduanas de la República, conforme al procedimiento siguiente:
a) Las oficinas de Liquidaciones de las Aduanas liquidarán el importe del canon.
b) El monto líquido será percibido en las oficinas de Caja de las Aduanas, las que en su testimonio insertarán en el documento un sello con los datos siguientes: CANON INFORMATICO SISTEMA INFORMATICO SOFIA, FECHA, SELLO Y FIRMA DEL PERCEPTOR.
c) Cumplido el requisito del literal anterior, la Oficina de Caja, dará curso al despacho para el cobro de la tributación correspondiente, debiendo relacionar separadamente los ingresos en concepto de canon informático.
d) Lo percibido en concepto de canon informático se depositará diariamente en las cuentas bancarias abiertas a nombre del Centro de Despachantes de Aduana, Sistema Informático SOFIA.
e) Lo recaudado en las Aduanas de Capital, Aeropuerto Internacional "Silvio Pettirossi", Colonia José Falcón, Villeta, Ciudad del Este, Resguardo de Sajonia e Itá Enramada, serán depositados por funcionarios de del Centro de Despachantes de Aduana designados al efecto y comunicado a la Dirección General de Aduanas conforme a la relación de ingresos confeccionada en la oficina de Caja. En las demás Aduanas los depósitos serán efectuados por funcionarios de la Institución.
f) En ocasión de la entrega de los fondos recaudados para su depósito, la persona designada por el Centro Despachantes de Aduana, deberá suscribir el recibí conforme al pie de la relación de ingreso correspondiente, y una vez efectuado el depósito, entregar en la oficina de Caja, copia de la nota de Depósito respectivo para su archivo con la relación correspondiente.