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  2. /Resolucion general 25/2008

POR LA CUAL SE DISPONEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y REGLAMENTARIAS PARA LA EJECUCION DE LA CAMPAÑA DE EDUCACION TRIBUTARIA "EXIGI, JUNTA Y GANA 2008"

Resolucion general 25/2008 · Publicada el 04/06/2008

La Ley N° 125/91 modificada por la Ley N° 2421/04, "De Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal"; y,

Que el artículo 261° de la Ley N° 125/1991, modificado por el artículo 9° de la Ley N° 2421/2004, señala textualmente: "La Administración Tributaria implementará un sistema de Lotería Fiscal con sorteos mensuales, u otro sistema de incentivos, con premios en dinero en efectivo. Podrán participar del mismo los consumidores finales que hayan realizado compras de bienes y servicios exigiendo la documentación legal de carácter fiscal. La Administración Tributaria dispondrá las medidas administrativas y reglamentarias pertinentes para el funcionamiento del sistema, asegurando su regularidad, transparencia, publicidad y participación de los consumidores y todas las áreas del país para cuyo efecto dividirá los sorteos y premios en regionales y nacionales. Que la CAMPAÑA DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA "EXIGÍ, JUNTÁ Y GANÁ – EDICIÓN 2008", abarcará a todos los Colegios Oficiales de Educación Media del país que deseen participar, cuyo Reglamento fuera aprobado mediante Acuerdo Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Educación y Cultura en fecha 5 de junio de 2008, en adelante denominado el "Reglamento de la Campaña" en el cual entre otras cosas se consigna que el conteo de las boletas recolectadas por los Colegios deberán ser asentados en Acta, consignando los cursos y turnos participantes con su identificación, el número de comprobantes legales recolectados, la cantidad de urnas habilitadas y los nombres de los profesores orientadores participantes; cumplimentando además con los demás requisitos establecidos en las bases y condiciones del concurso.

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACION RESUELVE:

Artículo 1

PARTICIPANTES. En la CAMPAÑA DE EDUCACION TRIBUTARIA EXIGÍ, JUNTÁ Y GANÁ Edición 2008, participarán los alumnos de los colegios oficiales de la educación media (primero, segundo y tercer curso) del país, según el listado proveído por el Ministerio de Educación y Cultura de acuerdo con sus registros oficiales actualizados a la fecha de inicio de la campaña (1° de junio de 2008), que hayan recolectado los comprobantes legales que justifiquen las adquisiciones de bienes y servicios, siempre que los mismos no constituyan documentos que respalden operaciones de contribuyentes y que deben ser utilizados y conservados por éstos por el término legal de prescripción.

Artículo 2

OBS: El Marco Alemán, Franco Francés, Florin Holandés, Peseta Española, Franco Belga y la Lira Italiana fueron reemplazadas por el Euro, según informe del Banco Central del Paraguay. Se podrá igualmente contar con la información día a día, accediendo a la dirección www.set.gov.py. Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Artículo 3

ORGANIZADORES. CAMPAÑA DE EDUCACION TRIBUTARIA EXIGÍ, JUNTÁ Y GANÁ Edición 2008, está organizada por la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda y cuenta con el apoyo del Ministerio de Educación y Cultura. La responsabilidad directa de la ejecución de esta campaña corresponde a la Dirección de Apoyo de la SET y de la Dirección General de Educación Media del Ministerio de Educación y Cultura conforme lo establece el numeral 1° del Reglamento de la Campaña., que como anexo, se encuentra incluido en la presente resolución, y forma parte de la misma.

Artículo 4

DEFINICIÓN DE LA CAMPAÑA.- La campaña de Educación Tributaria "Exigí, Juntá y Ganá- Edición 2008," consistirá en la recolección de comprobantes legales y su depósito en urnas especialmente destinadas para el efecto. Serán ganadores los 80 colegios del Nivel Medio que hayan reunido la mayor cantidad de comprobantes legales en el tiempo establecido, con sujeción a lo previsto en el numeral 5° del Reglamento de la Campaña.

Artículo 5

PREMIÓS. Los premios instituidos por la Subsecretaria de Estado de Tributación consistirán en dinero en efectivo, conforme a lo que establece el numeral 7° del Reglamento de la Campaña. Los colegios preclasificados que no resulten ganadores recibirán como premio una computadora.

Artículo 6

PERIODO QUE ABARCA LA CAMPAÑA. La Campaña de Educación Tributaria en los Colegios Oficiales del País - 2008 se llevará a cabo entre el de junio y el 31 de agosto de 2008.

Artículo 7

DISTRIBUCION DE MATERIALES. Los materiales necesarios para la ejecución de la Campaña de Educación Tributaria en los Colegios Oficiales del país - Edición 2008 (urnas, afiches, reglamentos, calcomanías), se distribuirán de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la Campaña.

Artículo 8

REQUISITOS DE LOS COMPROBANTES. Los comprobantes de venta que se depositen en las urnas para concursar deben llenar los requisitos que indica el numeral 11° del reglamento de la Campaña.

Artículo 9

RECOLECCION, CONTEO Y REGISTRO DE COMPROBANTES. La recolección y conteo de los comprobantes legales, su registro en Actas y demás formalidades así como los casos de irregularidades e impugnación, se sujetarán a lo establecido para cada caso en el reglamento de la Campaña. Igualmente podrá utilizarse el software "Mbyaty" diseñado por la SET pudiendo obtenerse gratuitamente de la página web (www.set.go.py) o de las oficinas de la SET; a los efectos de registrar los comprobantes legales recolectados por los participantes de la campaña.

Artículo 10

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Cualquier diferencia o controversia en la aplicación y/o interpretación de las disposiciones de la presente resolución, así como del reglamento de la campaña, será dirimida por la Subsecretaria de Estado de Tributación y la Dirección General de Educación Media del MEC en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 11

PREMIACIÓN. La entrega de los premios a los ganadores de la Campaña de Educación Tributaria en los Colegios oficiales del país - Edición 2008 y las obligaciones que correspondan a los Colegios Oficiales respecto al destino del dinero recibido, se sujetarán a las previsiones dispuestas en el Reglamento de la Campaña.

Artículo 12

OTROS ASPECTOS NO PREVISTOS EXPRESAMENTE. En todos aquellos aspectos no regulados expresamente en la presente resolución y en el reglamento de la campaña, la ejecución de la Campaña de Educación Tributaria en los Colegios Oficiales del País - Edición 2008 se sujetará a las previsiones contenidas en el Acuerdo Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Educación y Cultura fechado el 5 de junio de 2008, el cual queda incorporado y forma parte de la presente Resolución. En todos los casos, se aplicarán soluciones, que mas se avengan al espíritu y objetivos de la campaña.

Artículo 13

Publiquese, comuníquese y cumplido, archívese.

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