Artículo 1
Prorrogar la vigencia de la aplicación del artículo 3º de la Resolución N° 178/02 al 1 de setiembre de 2.003.
Resolucion general 275/2002 · Publicada el 15/07/2002
Los artículos 3º y 4º de la Resolución Nº 178 de fecha 19 de abril de 2.002, y;
Las inquietudes manifestadas por los contribuyentes tenedores de Certificados y Notas de Crédito Tributario y su aplicación contra las retenciones o percepciones de impuestos, justifican prorrogar el plazo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución N° 178/02. Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad que le confiere la Ley N° 125/91.
EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:
Prorrogar la vigencia de la aplicación del artículo 3º de la Resolución N° 178/02 al 1 de setiembre de 2.003.
Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.