Artículo 1
INSCRIPCIÓN. Los contribuyentes, Personas Físicas y Jurídicas, que por la naturaleza de sus Actividades Económicas, deban formar parte del Registro de Productores, Comercializadores e Importadores de Bienes clasificados en los Capítulos 61, 62 y 63 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), en adelante Registro, podrán inscribirse únicamente vía Internet, en la página Web de la SET, a través de su Clave de Acceso Confidencial de Usuario. El Contribuyente o Responsable que desee utilizar este servicio deberá obtener previamente, actuando por sí mismo o por medio de su representante legal o de un tercero apoderado, con poder suficiente para el efecto, una Clave de Acceso Confidencial de Usuario, conforme a las normas vigentes sobre responsabilidad y uso de medios electrónicos para la presentación de Información y Declaraciones Tributarias, cumplimiento de otros deberes formales y realización de trámites fiscales.
