CLÁUSULA PRIMERA – DEFINICIONES Y ALCANCES GENERALES. A los efectos de la presente campaña se tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Campaña: Hace referencia a la presente Campaña de Concienciación Tributaria "Lotería Fiscal -2012".
b) Participante: Ciudadano paraguayo o extranjero que cuente con Cédula de Identidad Civil paraguaya, mayor de edad, que exija comprobantes de venta en sus compras de bienes y/o servicios y envíe los datos de dichos documentos, a través de cualquiera de las modalidades previstas en el presente reglamento.
c) Personas excluidas: Quedan excluidas de la presente Campaña:
1. El personal permanente o contratado (incluidos los pasantes) del Ministerio de Hacienda.
2. Los padres, cónyuges, hijos y hermanos del personal permanente o contratado del Ministerio de Hacienda.
d) Compañías de telefonía celular: Empresas operadoras de telefonía celular en plaza (TIGO, PERSONAL, CLARO y VOX).
e) SMS: Mensaje de Texto (Short Message Service)
f) USSD: Menú de carga a través de sesiones (Unstructured Supplementary Service Data)
g) Página Web: Consiste en la carga de los datos solicitados a través de la página Web de la SET (www.set.gov.py).
h) Cédula de Identidad Civil: Documento emitido por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional que permite la identificación de las personas.
i) Comprobantes de Venta: Documento autorizado y reconocido por la Administración Tributaria como sustento legal de la adquisición de bienes o prestación de servicios, pudiendo ser nominado o innominado y que tengan fecha de emisión dentro del periodo de tiempo que corresponda a cada sorteo - según el Calendario aprobado en la Cláusula Octava.
En la Campaña serán admitidos sólo los siguientes Comprobantes de Venta:
1. Factura;
2. Boleta de Venta; y
3. Ticket.
j) Comprobantes de Venta excluidos: Dentro de la Campaña no serán admitidos los siguientes Comprobantes de Venta:
1. Autofacturas, entradas a espectáculos públicos, boletos de transporte público de personas, urbano e interurbano de corta distancia, boletos de loterías, sorteos, apuestas y demás juegos de azar.
2. Los comprobantes de venta que acrediten el pago de peajes, servicios públicos de agua (ESSAP), luz (ANDE) y/o telefonía fija e Internet (COPACO).
3. Los comprobantes nominados cuando correspondan a personas distintas de las que se presentan a reclamar el premio. Salvo que el comprobante de venta esté a nombre de un menor de edad pero el que haya participado y se presente a reclamar sea uno de sus padres o tutor del menor.
k) Certificado de Cumplimiento Tributario: Documento entregado al contribuyente que se encuentra al día con sus obligaciones tributarias a la fecha de su expedición, con los alcances establecidos en las normativas pertinentes.
l) Ámbito de aplicación. Todo el territorio nacional.