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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 317/1995

POR LA CUAL SE EXIME DE LA OBLIGACION FORMAL DE PRESENTAR DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN EXCLUSIVAMENTE OPERACIONES EXONERADAS Y EN CONSECUENCIA SE MODIFICA EL ART 1° DE LA RESOLUCION N° 116 DEL 18 DE MARZO DE 1994.

Resolucion general 317/1995 · Publicada el 18/04/1995

Lo dispuesto en el Art. 1º de la Resolución N° 116 de fecha 18 de Marzo de 1994, los Arts. 92° y 186° de la Ley N° 125/91; y,

Que la experiencia administrativa recogida respecto de los contribuyentes del Impuesto al valor Agregado que realizan exclusivamente operaciones exoneradas, aconsejan la necesidad de eximir de la obligación formal de presentar declaraciones juradas mensuales.

EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:

Artículo 1

Modifícase el Art. 1º de la Resolución N°. 116 de fecha 18 de Marzo de 1994, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Art. 1º.- Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que realicen exclusivamente operaciones exoneradas por el referido impuesto, quedan eximidos de la obligación formal de presentar declaraciones juradas."

deroga RESOLUCION GENERAL 317/2005, artículo 5

Artículo 2

Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

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