Artículo 1
Modifícase el Art. 1º de la Resolución N°. 116 de fecha 18 de Marzo de 1994, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Art. 1º.- Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que realicen exclusivamente operaciones exoneradas por el referido impuesto, quedan eximidos de la obligación formal de presentar declaraciones juradas."
