Para el traslado o arrastre del Crédito Fiscal y los saldos a favor del contribuyente del IVA proveniente de pagos a cuenta o de retenciones, registrados en las obligaciones 217 - IVA Agropecuario, 216 - IVA Simplificado Anual y 212 - IVA Semestral, el contribuyente deberá registrar por única vez la "Solicitud de Traslado de Saldos" (Formulario N° 315) a través del Sistema Marangatu, utilizando su Clave de Acceso Confidencial de Usuario.
Al momento de registrar el Formulario N° 315, el contribuyente deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) Confirmar con carácter de declaración jurada que los saldos cuyo traslado solicita se encuentran debidamente documentados y guardan relación con la realidad económica que estos importes representan.
b) Que los créditos o saldos solicitados se encuentren expuestos en la Cuenta Corriente Tributaria en la/s obligación/es y cuentas respectivas.
c) No registrar declaraciones juradas de liquidación de impuestos en estado "No aplicar" en las obligaciones cuyo traslado de saldo solicita.
d) No registrar falta de presentación de declaraciones juradas en las obligaciones cuyo traslado de saldo solicita.
e) Que la obligación 212, 216 o 217 se encuentre vigente en el RUC al 31 de diciembre de 2019 en la cual se se encuentra el saldo o crédito a trasladar.