Artículo 1
Los contribuyentes adjudicatarios de obras públicas en los llamados a licitacion pública o concurso de precios ofertados antes del 28 de agosto de 1998, estarán sujetos a las retenciones del tres por ciento (3%) a cuenta del Impuesto a la Renta y del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluidos en las facturas, previstos en los artículos 53° y 1º de los Decretos N0s. 14.002/92 y 20.308/98, repectivamente, vigentes con anterioridad a la promulgacion del Decreto 235/98.
