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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 365/1995

POR LA CUAL SE ACLARA QUE A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 1994 HAN QUEDADO SIN EFECTO LOS ARTS 1º, 3º, 4° y 6° DE LA RESOLUCION N° 113/93.

Resolucion general 365/1995 · Publicada el 24/05/1995

El Art. 128° de la Ley N° 125/91 y la Resolución N° 113/93; y

Que a partir del 1º de Julio de 1994 han quedado derogados los hechos generadores establecidos en el Art. 128° de la Ley N° 125/91, con excepción de los previstos en los numerales 25 al 27 y 34.Que en consecuencia resulta necesario dejar en claro las reglamentaciones vigentes del Impuesto a los Actos y Documentos;

EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

ACLÁRASE que desde el 1º de Julio de 1.994 han quedado sin efecto los Arts. 1º, 3º, 4º y 6° de la Resolución N° 113 de fecha 4 de Junio de 1.993 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LAS DIFERENTES FORMAS DE LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LOS ACTOS Y DOCUMENTOS".-

Artículo 2

Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar

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