Artículo 1
SOLICITUD – REQUISITOS I. El contribuyente que desee obtener la Constancia de No Retención del IRACIS o del IVA deberá presentar una solicitud y cumplir con los siguientes requisitos generales: a) Estar al día con sus obligaciones tributarias. b) Tener declarado un correo electrónico en el RUC y contar con clave de acceso confidencial de usuario. II. El contribuyente que desee obtener la Constancia de No Retención del IVA, deberá además presentar un archivo en formato digital (con extensión .xls o .ods) mediante un medio de almacenamiento externo (CD) que contenga: a) Una planilla comparativa del Balance General y del Estado de Resultados de los últimos 5 (cinco) ejercicios fiscales, conforme a lo requerido en la Resolución General N° 01/2013. b) Una planilla en la que declare la composición de los saldos financieros originados por las retenciones del IVA de las que fue objeto. c) Los Libros de Ventas y de Compras del IVA, correspondientes a los últimos 12 (doce) períodos fiscales anteriores a la solicitud. III. El contribuyente que desee obtener la Constancia de No Retención del IRACIS, deberá demostrar la existencia de alguna de las siguientes condiciones: a) No estar inscripto como contribuyente del IRACIS; b) Registrar pérdidas en el ejercicio fiscal anterior; o c) Haber obtenido la suspensión de anticipos para el ejercicio fiscal en el cual solicita la constancia. Los modelos de la Solicitud y de las Planillas a ser presentadas por el contribuyente, conforme a lo establecido en el presente artículo, estarán disponibles en la página web de la Subsecretaría de Estado de Tributación (www.set.gov.py). Adicionalmente, la Administración Tributaria podrá requerir otros documentos o informaciones necesarios para la tramitación de la solicitud.
