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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 39/2025

POR LA CUAL SE MODIFICA EL ART. 2° DE LA RESOLUCIÓN GENERAL DNIT N° 24 DE FECHA 31 DE ENERO DE 2025 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE INGRESO DE VEHÍCULOS USADOS IMPORTADOS PARA LA REALIZACION DE LOS CONTROLES Y PROCEDIMIENTOS PREVIOS A LA GESTIÓN DEL DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACION, CON BASE EN LOS PARÁMETROS APROBADOS POR RESOLUCION DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN PARA EMISIONES GASEOSAS PROVENIENTES DE FUENTES MOVILES”.

Resolucion general 39/2025 · Publicada el 19/11/2025

Ley Nº 2422/04 “Código Aduanero”, el Decreto N° 4672/05 “Reglamentario del Código Aduanero”; Ley Nº 7143/2023 “QUE CREA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS”; la Ley N° 5211/14 “Calidad del Aire”, el Decreto N° 1269/19 “Por la cual se reglamenta la Ley N° 5211/14 “de Calidad del Aire”, las Resoluciones del MADES N° 609/21, N°336/22, N°419/22, y;

Que, de conformidad a la Ley N° 5211/2014 de “Calidad del Aire” establece que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), es autoridad de aplicación por intermedio de la Dirección General del Aire y el objeto de la mencionada normativa es el de proteger la calidad del aire y de la atmósfera, mediante la prevención y control de la emisión de contaminantes químicos y físicos al aire, para de este modo reducir el deterioro del ambiente y la salud de los seres humanos, a fin de mejorar su calidad de vida garantizando la sustentabilidad del desarrollo.

EL DIRECTOR NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS RESUELVE:

Artículo 1

Modificar el Art. 2° de la Resolución General DNIT N° 24 de fecha 31 de enero de 2025 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE INGRESO DE VEHÍCULOS USADOS IMPORTADOS PARA LA REALIZACION DE LOS CONTROLES Y PROCEDIMIENTOS PREVIOS A LA GESTIÓN DEL DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACION, CON BASE EN LOS PARÁMETROS APROBADOS POR RESOLUCION DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN PARA EMISIONES GASEOSAS PROVENIENTES DE FUENTES MOVILES”; el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 2°. – Otorgar la facultad a la Gerencia General de Aduanas a establecer excepcionalmente la habilitación de otras Administraciones de Aduana de ingreso de vehículos usados importados para la realización de los controles y procedimientos previos a la gestión del despacho aduanero de importación, con base en los parámetros aprobados por resolución de la autoridad de aplicación para emisiones gaseosas provenientes de fuentes móviles, mediando una solicitud formal del importador y previa conformidad del área competente del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Artículo 2

Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar. ÓSCAR ALCIDES ORUÉ ORTÍZ DIRECTOR NACIONAL DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS

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