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  2. /Resolucion general 45/1992

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA FACTURACION QUE REALICEN CORPOSANA, ANDE Y ANTELCO.

Resolucion general 45/1992 · Publicada el 23/06/1992

El inciso d) del Art. 79° de la Ley N° 125/91, el Art. 30° del Decreto N° 13424/92 y el Art. 2° de la Resolución N° 33/92.

Que es conveniente facilitar la facturación así como unificar criterios al respecto por parte de las empresas públicas que prestan servicios o enajenan bienes esenciales como son las comunicaciones, la energía eléctrica y el agua.

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:

Artículo 1

La facturación de las operaciones gravadas por el IVA que realicen ANTELCO, ANDE Y CORPOSANA se deberán efectuar sin discriminar el impuesto del precio total, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30° del Decreto N° 13.424/92.

Artículo 2

Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archivarse.

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