Artículo 1
ESTABLECER, por única vez, que el plazo para la presentación de declaraciones juradas y pagos de las obligaciones tributarias correspondientes a los vencimientos de los días 9 y 11 de enero del 2011, se trasladan al día jueves 13 de enero del año en curso. Los siguientes vencimientos de acuerdo a la terminación del RUC de los contribuyentes, se regirán conforme a lo establecido por el Art. 4° de la Resolución General N° 1/07.
