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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 461/2016

POR LA CUAL SE MODIFICA Y AMPLÍA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL MANUAL DE FUNCIONES DE LA SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN DE ESTE MINISTERIO, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.H. N° 265/2014.

Resolucion general 461/2016 · Publicada el 29/12/2016

VISTO: el Memorandum SET N° 66 de fecha 4 de octubre de 2016, originado en la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio, a través del cual se solicita la modificación y ampliación de la estructura orgánica y el manual de funciones de la citada Subsecretaría, en lo pertinente a la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria. La Ley N° 4394/2011, «Que modifica y amplía el contenido de la Ley N° 109/91, "Que aprueba con modificaciones el Decreto - Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990 "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda"». La Resolución M.H. N° 265/2014, «Por la cual se aprueba la nueva estructura orgánica de la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio y su correspondiente manual de funciones» (Exps. M.H. N°s. 76.975 y 103.248/2016); y Que la Abogacía del Tesoro de este Ministerio se ha expedido en los términos del dictamen N° 1397 de fecha 2 de diciembre de 2016.

Que el artículo 7º de la Ley N° 4394/2011 dispone: «Facúltase al Ministro de Hacienda a reglamentar la organización y función de todas las Unidades dependientes de la citada Cartera de Estado, de conformidad con la presente Ley. Para el efecto, podrá adecuar la estructura de organización a las necesidades de modernización de sus sistemas, pudiendo fusionar dependencias, reubicarlas dentro de la estructura orgánica o realizar cambios de nomenclatura de sus órganos, cuando sean indispensables para vincularlos objetivamente a sus competencias y funciones». Que la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio ha intensificado las tareas de control y fiscalización a contribuyentes, motivando el consecuente aumento en la cantidad de sumarios que deben realizar y atendiendo la complejidad de los mismos, razón por la cual resulta necesaria la adecuación de la estructura orgánica de la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, dependiente de la citada Subsecretaría, mediante la creación de otro Departamento de Sumarios y Recursos que tenga como competencia la instrucción de los procedimientos para la determinación de impuestos y para la aplicación de sanciones tributarias, de modo a permitir la gestión más eficiente de los sumarios instruidos a los contribuyentes. Que, asimismo, las tareas del Departamento de Elaboración e Interpretación de Normas Tributarias implican el desarrollo de normas impositivas que tienen efectos en el territorio nacional, además del análisis comparativo de los sistemas tributarios vigentes de otros países que incluye el estudio de los convenios internacionales en materia impositiva, por lo que resulta conveniente unificar las funciones con el Departamento de Fiscalidad Internacional, a fin de mejorar la gestión de la tramitación de los proyectos normativos internos y de convenios internacionales, asegurando además la coherencia jurídica en la respuesta a los planteamientos relativos a la tributación nacional e internacional. Que la Unidad de Modernización e Innovación de este Ministerio se ha expedido en los términos de los memorandos UMI Nºs. 197 y 215 de fechas 14 de noviembre y 16 de diciembre de 2016, respectivamente.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1

Modificar y ampliar la estructura orgánica y el manual de funciones de la Subsecretaría de Estado de Tributación de este Ministerio, en lo pertinente a la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, aprobado por Resolución M.H. N° 265/2014, conforme al anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 1

Proponer los lineamientos para la elaboración de los proyectos de ley, decretos y resoluciones en materia tributaria en coordinación con las dependencias de la Dirección de TIC's y de la Coordinación de Procesos y de la Calidad.

Artículo 2

Aprobar el cambio de denominación de la siguiente dependencia de la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, dependiente de la citada Subsecretaría, conforme al siguiente cuadro: | DENOMINACIÓN ANTERIOR | NUEVA DENOMINACIÓN | |-----------------------------------|-------------------------------------------| | Departamento de Sumarios y Recursos | Departamento de Sumarios y Recursos DSR1 |

Artículo 2

Elaborar proyectos de ley, decretos y resoluciones en materia tributaria.

Artículo 3

Crear el Departamento de Sumarios y Recursos DSR2, dependiente de la Coordinación Jurídica Operativa de la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, cuyas funciones se detallan en el anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3

Impulsar ante las autoridades competentes la aprobación de los proyectos de leyes y decretos propuestos por la SET.

Artículo 4

Suprimir el Departamento de Fiscalidad Internacional, cuyas funciones serán reubicadas en el Departamento de Elaboración e Interpretación de Normas Tributarias de la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria, conforme al anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4

Representar a la SET ante las comisiones, grupos de trabajo y actividades que desarrollen y promuevan las demás dependencias del gobierno, en los cuales se analicen y definan asuntos relacionados con la política tributaria nacional.

Artículo 5

Comunicar a quienes corresponda y archivar.

Artículo 5

Dictaminar y proponer las respuestas a las consultas vinculantes o no, en materia tributaria.

Artículo 6

Recopilar y difundir la jurisprudencia, la doctrina y los dictámenes sobre consultas en materia tributaria y mantener actualizada la base de datos del sistema de consultas de la SET.

Artículo 7

Velar por la unificación de criterios para la correcta aplicación de las disposiciones legales en materia tributaria.

Artículo 8

Revisar las normas vigentes y cuando sea proponer proyectos de normas para la actualización y correcta aplicación de las mismas.

Artículo 9

Analizar, diseñar y proponer las normas tributarias aplicables a las operaciones del comercio internacional.

Artículo 10

Analizar y justificar la suscripción de Convenios Internacionales para evitar la doble imposición, la erosión de la base imponible, el fraude fiscal y el planeamiento fiscal nocivo.

Artículo 11

Realizar análisis comparativo de los sistemas tributarios vigentes y estudiar su incidencia en nuestro país y en el proceso de integración regional.

Artículo 12

Colaborar con la autoridad competente en las negociaciones de los Convenios Internacionales en materia tributaria, así como velar por su adecuado cumplimiento.

Artículo 13

Impulsar acciones tendientes al establecimiento de vínculos y relaciones con instituciones tributarias extranjeras, con el fin de prevenir y combatir el fraude fiscal.

Artículo 14

Desarrollar acciones conjuntas con las dependencias de fiscalización para detectar casos de elusión, de erosión de la base imponible y de fraude fiscal en los contratos de exportación (ajuste de precios).

Artículo 15

Determinar el alcance e interpretación de convenios y tratados internacionales referentes a la materia tributaria.

Artículo 16

Asesorar técnicamente en los casos puestos a su consideración.

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