Artículo 1
Los particulares que formalicen las denuncias sobre comprobantes de ventas que no reúnan los requisitos legales, deberá utilizar el formulario especial habilitado por la Oficina Nacional de Lotería Fiscal y presentar en la mesa de Entradas de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, y en el interior del país en las agencias o sucursales de la Dirección General de Recaudaciones más próxima a su domicilio.
