Artículo 1
Establecer la aplicación de valores referenciales mínimos de carácter precautorio para la importación de prendas de vestir, calzados y balones deportivos de origen y/o procedencia asiática comprendidas en los ítems expresados en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), contenidos en el Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Resolución, los cuales deberán ser incorporados al sistema Informático Sofía.
