Artículo 1
Se establecen los siguientes coeficientes de revaluación para los bienes del activo fijo a los efectos de la liquidación del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal cerrado el 30 de Junio de 1997.Para los bienes en existencia al: Coeficientes 1º de Julio de 1996 | 1,0785 1º de Agosto de 1996 | 1,0743 1º de Setiembre de 1996 | 1,0696 1º de Octubre de 1996 | 1,0667 1º de Noviembre de 1996 | 1,0667 1º de Diciembre de 1996 | 1,0632 1º de Enero de 1997 | 1,0603 1º de Febrero de 1997 | 1,0512 1º de Marzo de 1997 | 1,0317 1º de Abril de 1997 | 1,0067 1º de Mayo de 1997 | 1,0046 1º de Junio de 1997 | 1,0077
