Artículo 1
Aprobar el Formulario N° 158 versión 2, "Estados Financieros", así como su instructivo, los cuales obran en el Anexo de la presente Resolución y forman parte de la misma.
Resolucion general 64/2015 · Publicada el 04/09/2015
La Resolución N° 49/14 “Por la cual se dispone el nuevo modelo de los Estados Financieros y del Cuadro de Revalúo y Depreciación de los Bienes del Activo Fijo"; y La Resolución General N° 57/15 "Por la cual se prorroga el plazo para presentar los Estados Financieros, de acuerdo a lo previsto en la Resolución General N° 49/14".
Que la Subsecretaría de Estado de Tributación ha incorporado en el Plan Estratégico del periodo 2014-2018, el objetivo de facilitar el cumplimiento tributario a los contribuyentes, y en ese sentido, ha visto la necesidad de modificar el Formulario N° 158 "Estados Financieros", a fin de simplificar el proceso de presentación de los Estados Financieros. Que la Administración Tributaria cuenta con facultades suficientes para dictar normas de carácter general para una mejor administración, percepción y fiscalización de los tributos. Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen DEINT N° 26/15.
LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN RESUELVE
Aprobar el Formulario N° 158 versión 2, "Estados Financieros", así como su instructivo, los cuales obran en el Anexo de la presente Resolución y forman parte de la misma.
Este formulario deberá ser utilizado por los contribuyentes obligados a la presentación de los Estados Financieros y por las entidades regidas por la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito", la Ley N° 827/96 "De Seguros" y la Ley N° 438/94 "De Cooperativas". Su presentación se realizará únicamente vía internet, a través del Sistema de Gestión Tributaria Marangatu, utilizando para el efecto la Clave de Acceso Confidencial de Usuario.
Publicar, comunicar y cumplido, archivar.