Artículo 1
Disponer la implementación del Buzón Electrónico Tributario “Marandu" el cual será una bandeja de entrada de mensajes, disponible en el Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu" para todos los contribuyentes que cuentan con Clave de Acceso Confidencial de Usuario.Al "Marandu” podrán acceder tanto el Usuario como el Tercero Autorizado a través del Sistema “Marangatu” mediante el uso de sus respectivas claves de acceso.El "Marandu” generará alertas, comunicaciones y avisos mediante los cuales se informará nuevas normativas, charlas de capacitación a realizarse, recordatorios sobre: vencimientos de obligaciones; presentación y pago de declaraciones juradas determinativas; cumplimiento de obligaciones; y cualquier otra información de interés general o particular.
