Artículo 1
El contribuyente que requiera la presentación de una declaración jurada de liquidación de impuestos, correspondiente a un periodo o ejercicio fiscal prescripto, o precise rectificar la información inicialmente declarada, deberá a petición de parte, presentar su solicitud a través de las mesas de entrada de la SET, adjuntando los documentos que se indican a continuación: a) Nota de solicitud, donde exprese el motivo por el cual requiere la presentación de la Declaración Jurada. b) Copia de la Cédula de Identidad Civil vigente del Contribuyente o su representante legal. c) Formulario de Declaración Jurada del Impuesto correspondiente al periodo o ejercicio fiscal cuya presentación solicita, debidamente llenado y firmado por el contribuyente o representante legal. d) Planilla electrónica de cálculo, en el formato previsto en la Resolución General N° 67/2015. e) Dictamen o Certificación de Auditoría Externa Impositiva realizado por el Auditor Externo Impositivo inscripto ante la Administración Tributaria, en los casos previstos en los artículos 5° de la Resolución General N° 67/2015 y 3° de la Resolución General N° 70/2015. Los requisitos señalados en los incisos d) y e) deberán ser anexados, tanto para la presentación de declaraciones juradas originales como de rectificativas. La Administración Tributaria analizará la documentación presentada pudiendo realizar las tareas de verificación y control que considere pertinente e ingresará en el Sistema de Gestión Tributaria «Marangatu» la declaración jurada de liquidación de Impuestos en los casos que corresponda.
