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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 70/2012

"POR LA CUAL SE MODIFICAN EL ARTÍCULO 3º Y EL INCISO B) DEL ARTICULO 5° (T.A.) DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 20 DEL 10 DE ENERO DE 2008 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY N° 2421 DEL 5 DE JULIO DE 2004".

Resolucion general 70/2012 · Publicada el 31/01/2012

El Art. 33 de la Ley N° 2421/04, la Resolución General N° 20/08, la Resolución General N° 15/09, y la Resolución General N° 53/2011; y

Que, es necesario mejorar el nivel de transparencia y confiabilidad de las informaciones que son proveídas por medio de los informes de Auditoría Impositiva Externa.

POR TANTO, EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

Modifíquese el Artículo 3º de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, el cual queda redactado de la siguiente forma: "Art. 3º.- INFORME DE LA AUDITORÍA. El informe de la auditoría estará compuesto por dos documentos que contendrán, al menos, los siguientes datos: a) Documento 1: Opinión del auditor externo sobre los estados financieros del Contribuyente 1. Identificación del contribuyente auditado y de sus estados financieros. 2. Identificación del ejercicio o periodo fiscal auditado. 3. Responsabilidad de la administración del contribuyente por los estados financieros. 4. Responsabilidad del auditor. 5. Opinión del auditor externo. Cuando no se emita opinión técnica deberán exponerse las razones justificativas de esta abstención, aportando a tal fin cuantos detalles e informaciones complementarias sean necesarios. 6. Información sobre el cumplimiento de otros requisitos legales y otras normas reguladoras. 7. Detalle de las revisiones sobre requisitos legales y normas reguladoras. b) Documento 2: Informe sobre recomendaciones de aspectos tributarios 1. Mención de que las recomendaciones surgen a partir de la evaluación del control interno de la entidad. 2. Responsabilidad de la administración del contribuyente por el diseño y operación del control interno. 3. Limitaciones inherentes del control interno. 4. Detalle de las recomendaciones de aspectos tributarios. Ver los modelos de los Documentos 1 y 2 en el Anexo a la presente reglamentación. El informe de auditoría, debidamente firmado por quien o quienes lo hubieran elaborado, deberá expresar la fecha de emisión del mismo. En caso de que el Informe de la Auditoría Impositiva revele inconsistencias contables de relevancia impositiva, la Administración ordenará la realización de una fiscalización puntual".

Artículo 2

Modifíquese el Inciso B) del Artículo 5º de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, texto modificado por la Resolución General N° 15 del 28 de Mayo de 2009, el cual queda redactado de la siguiente forma: “FORMA Y DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA. Sin perjuicio de los datos que obran en el formulario respectivo, al mismo deberán ir anexos, los siguientes: 1. Documento 1 "Opinión del Auditor Externo", 2. Documento 2 "Informe de Recomendaciones de Aspectos Tributarios: 3. "Estados Financieros - Anexos conforme Resolución No 173/04 y Cuadro demostrativo de Revalúo y Depreciación de Bienes del Activo Fijo, conforme Resolución No 1346/05. Los archivos electrónicos de los documentos a ser anexados al formulario 157, deberán generarse en formato PDF (Portable Document Format) zipeado (comprimido o compactado), y cuyo nombre de cada archivo anexo deberá ajustarse a la siguiente nomenclatura: identificador RUC sin dígito verificador, letras iníciales del documento y Ejercicio Fiscal Auditado (ver ejemplo más abajo). El tamaño zipeado de los archivos será como la continuación se define: Opinión del Auditor Externo (AE) 1 MB; Informe sobre Recomendaciones (IR) 500 KB; Estados Financieros y Cuadro demostrativo de Revalúo y Depreciación de Bienes del Activo Fijo (EF) 13 MB. En los documentos deberán estar claramente individualizadas la firma y aclaración del contribuyente o su representante legal y del o los auditores que han realizado el trabajo. Ejemplo: - Opinión del Auditor Externo: 80000001AE2008.pdf - Informe sobre Recomendaciones de Aspectos Tributarios: 800000011R2008.pdf - Estados Financieros - Anexos y Cuadro demostrativo de Revalúo y Depreciación de Bienes del Activo Fijo: 80000001EF2008.pdf En caso que el contribuyente auditado no esté obligado por disposición legal - Ley del Comerciante - a llevar Libros de Comercio, el documento relativo a "Estados Financieros - Anexos y Cuadro demostrativo de Revalúo y Depreciación de Bienes del Activo Fijo: 80000001EF2008.pdf', igualmente, debe ser presentado, declarando dentro del mismo "NO OBLIGADO".

Artículo 3

La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación y se aplicará a la presentación de los informes de auditoría correspondientes al ejercicio fiscal 2011, inclusive.

Artículo 4

Apruébese la modificación del Documento 1 del Anexo de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, conforme al texto que se adjunta a la presente disposición.

Artículo 5

Publicar, comunicar y cumplido archivar.

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