Ampliar a 6 (seis) la cantidad de solicitudes de créditos fiscales en curso para aquellos contribuyentes que soliciten la devolución del IVA Exportador por el Régimen General y cumplan, además de los requisitos generales y específicos establecidos en el Capítulo III de la Resolución General N° 15/2014, con las siguientes condiciones:
a) Que el monto del crédito fiscal solicitado no supere la suma de G 50.000.000 (cincuenta millones de guaraníes) por cada período fiscal;
b) Que el solicitante sea agente de retención del impuesto por los pagos que realicen a sus proveedores, en el período fiscal que soliciten; y
c) Que la cantidad de comprobantes de compras que avalan cada solicitud de devolución del crédito fiscal presentada, no supere el número de 500 (quinientos).