Artículo 1
A los efectos de la presente Resolución se emplearán las definiciones que se indican a continuación: 1) Certificado Digital: Es todo mensaje de datos u otro registro emitido por una entidad legalmente habilitada para el efecto que confirma la vinculación entre el titular de una firma digital y los datos de creación de este. 2) Código de Control (CDC): Conjunto de informaciones numéricas asociadas a un DTE, conformado por 44 (cuarenta y cuatro) dígitos numéricos que permiten identificar, de manera única, un Documento Tributario Electrónico. 3) Código de Seguridad del Contribuyente (CSC): Es un código otorgado por la Subsecretaría de Estado de Tributación a los facturadores electrónicos, el cual es utilizado para la generación del código QR. 4) Código QR: Código bidimensional generado por el Sistema Ekuatiaʼi, el cual deberá estar impreso en el KuDE, a los efectos de realizar, a través de un programa o aplicación móvil de escaneo de código QR, la consulta automática de los datos del DE 0 DTE en el SIFEN. 5) Documento Tributario Electrónico (DTE): Es el Documento Electrónico transmitido de forma electrónica a la SET, validado y aprobado por el Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional, pudiendo ser utilizado para respaldar el IVA débito y el IVA crédito, así como los ingresos y egresos en los Impuestos a la Renta, conforme a las normas que reglamentan dichos impuestos. El citado documento estará disponible para su consulta pública en el portal e-Kuatia. 6) Evento: Es todo suceso registrado en el Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional por parte del Emisor, Receptor o la Subsecretaría de Estado de Tributación a todo registro automático que se encuentre en él, que modifique, asigne una marca, vincule información, o afecte el estado de un DTE. Un evento puede darse durante el periodo de prescripción del tributo, de manera previa o posterior a la aprobación del DTE, dependiendo de su naturaleza. 7) E-Kuatia: Nombre en guaraní que identifica la Facturación Electrónica para fines de difusión y que se utiliza en el portal en Internet. 8) Facturador Electrónico: Contribuyente habilitado por la SET para emitir y recibir Documentos Electrónicos. 9) Firma Digital: Es una firma electrónica certificada por un prestador acreditado, que ha sido creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control, de manera que se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, permitiendo la detección posterior de cualquier modificación y la comprobación de la identidad del titular, impidiendo que este pueda desconocer la integridad del documento, su autoría y su no repudio. 10) Kuatia DTE (KuDE): Es la representación gráfica y simplificada de un DTE en formato físico o digital visible. 11) RUC: Registro Único de Contribuyentes. 12) Sistema Marangatu: Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu”. 13) Sistema Ekuatia'i: Es el Sistema que la Subsecretaría de Estado de Tributación pone a disposición de los contribuyentes para la elaboración y la generación de los documentos tributarios electrónicos. 14) Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN): Es el sistema a través del cual se emiten, reciben, validan y aprueban los Documentos Electrónicos, igualmente almacena y dispone los servicios de consulta de los Documentos Tributarios Electrónicos. 15) Subsecretaría de Estado de Tributación o SET: Administración Tributaria. 16) Timbrado: Es el código numérico de autorización que la SET otorga al contribuyente facturador electrónico, para la emisión de los DTE a fin de sustentar los hechos económicos con efectos fiscales. La autorización se hará a través del Sistema Marangatu.
