Artículo 1
Establecer que los anticipos mensuales del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC), para los contribuyentes que tributan el Impuesto al Valor Agregado (IVA) mediante el Régimen General, quedan suspendidos para el ejercicio fiscal 2016, debiendo los mismos presentar únicamente la Declaración Jurada Anual del IRPC por dicho ejercicio.
