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  2. /Resolucion general 78/2016

POR LA CUAL SE TRASLADA LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DETERMINATIVAS Y PARA EL PAGO DE TRIBUTOS

Resolucion general 78/2016 · Publicada el 19/02/2016

Los Artículos 186 y 189 de la Ley N° 125/1991 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario" y sus modificaciones; y

Que debido a los numerosos pedidos realizados por los contribuyentes, relacionados a la falta de provisión de energía eléctrica en diferentes puntos del país, que dificulta el normal desarrollo de las tareas cotidianas, entre ellos el acceso al Sistema de Gestión Tributaria "Marangatu" para la presentación de declaraciones juradas determinativas y para el pago de tributos.Que lo expuesto precedentemente hace necesario que se traslade la fecha de vencimiento prevista en el Calendario Perpetuo para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.Que la Subsecretaría de Estado de Tributación cuenta con facultades suficientes para impartir instrucciones para la mejor aplicación, administración, percepción y control de los tributos.Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 07 del 19/02/2016.

LA SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

Trasladar la fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas determinativas y para el pago de tributos, de acuerdo al siguiente calendario: | TERMINACIÓN DE RUC | FECHA DE VENCIMIENTO NORMAL | FECHA DE VENCIMIENTO ESPECIAL | |--------------------|-----------------------------|-----------------------------| | 6 | 19 de febrero de 2016 | 22 de febrero de 2016 |

Artículo 2

Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

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