Artículo 1
Excepcionalmente, para la liquidación del ajuste de precio resultante del ejercicio fiscal 2015, los contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios (IRACIS) o del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (IRAGRO) que exporten soja y sus derivados, declararán el impuesto a la renta en el mes de abril de 2016, de acuerdo al Calendario Perpetuo de Vencimiento establecido para el IVA, única y exclusivamente a través de la Clave de Acceso Confidencial de Usuario, utilizando para tal efecto el Formulario N° 102 “Liquidación de Ajuste de Precio".
