Artículo 1
Prorrogar excepcionalmente hasta el mes de junio de 2016, la fecha para la presentación de los Estados Financieros del ejercicio fiscal con cierre el 31 de diciembre de 2015. Los siguientes vencimientos establecidos en la RG N° 49/14 para los ejercicios fiscales cerrados el 30 de abril y el 30 de junio, quedan inamovibles; debiendo presentarse los Estados Financieros en las fechas que correspondan, conforme se detalla a continuación: | Ejercicio fiscal con cierre el: | Fecha de presentación de la DJ Anual de liquidación del Impuesto a la Renta | Fecha de presentación de los EEFF de acuerdo al Calendario Perpetuo de Vencimiento para las DJI: | |---|---|---| | 31 de diciembre de 2015 | Abril de 2016 | Junio de 2016 | | 30 de abril de 2016 | Agosto de 2016 | Agosto de 2016 | | 30 de junio de 2016 | Octubre de 2016 | Octubre de 2016 |
