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  1. Leyes
  2. /Resolucion general 90/2013

POR LA CUAL SE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 8° DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 97/2013.

Resolucion general 90/2013 · Publicada el 10/04/2013

Los Arts. 186, 189 y 192 de la Ley N° 125/91 "Que establece el Nuevo Régimen Tributario" (Texto Actualizado por la Ley N° 2421/04), el Decreto N° 6406/05, el Decreto N° 9986/12, la Resolución General N° 97/13 y el expediente N° 20133009906 y;

Que, la Cámara de Comercio de la Tecnología de la Información (C.C.T.I.) de Ciudad del Este por nota de fecha 09 de abril de 2013 solicitó a la Subsecretaría de Estado de Tributación, una prórroga por un periodo prudencial para la aplicación de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 8º de la Resolución General N° 97/13. Que, en atención a la solicitud, es necesario suspender cierto acto administrativo relacionado a la modalidad de inscripción en el Registro de Importadores y Distribuidores beneficiarios del Régimen de Turismo dispuesto por Resolución N° 97/13. Que, a los efectos de la correcta aplicación reglamentaria prevista en el penúltimo párrafo del Artículo 8º de la Resolución General N° 97/13, debe observarse un periodo de ajustes en el negocio del contribuyente afectado al Régimen de Turismo previsto en el Decreto N° 9986/12. Que, la Administración Tributaria cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos e impartir instrucciones. Que, por Dictamen DPTT/CJTT N° 356 de fecha 10 de abril de 2013, la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido favorablemente.

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE:

Artículo 1

SUSPENDER el plazo de vigencia de lo establecido en el penúltimo párrafo del Artículo 8º de la Resolución General N° 97 de fecha 04 de abril de 2013.

Artículo 2

PUBLICAR, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

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