Artículo 1
Disponer, de manera excepcional, la prórroga de las fechas de vencimiento para la presentación de las DJI-Num 7 correspondientes a las exportaciones realizadas en el ejercicio fiscal 2022, conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro: | EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL PERIODO FISCAL | MES DE PRESENTACIÓN DE ACUERDO CON EL CALENDARIO DE VENCIMIENTO DJI | |---|---| | Enero, febrero, marzo | Setiembre 2022 | | Abril, mayo y junio | Octubre 2022 | | Julio, agosto y setiembre | Noviembre 2022 | | Octubre y noviembre | Diciembre 2022 | La presentación de la DJI-Num 7 correspondiente a las exportaciones de los bienes afectados por el numeral 7 del artículo 38 de la Ley, realizadas a partir de diciembre 2022, se efectuará de conformidad a lo previsto en el artículo 12 de la Resolución General N° 86/2021, modificado por el artículo 17 de la Resolución General N° 115/2022.
